AFP o ONP: comparador
Cuánto te descuenta cada uno y qué pasa con tu dinero
Los dos se llevan alrededor del 13% de tu sueldo, pero no hacen lo mismo con él. Aquí ves el descuento de cada uno y cuánto llegarías a acumular en una cuenta AFP. La decisión no la puede tomar una calculadora, y aquí se explica por qué.
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Cómo se calcula, paso a paso
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El descuento es parecido; el destino, no
La ONP se lleva un 13% que va a un fondo común: paga las pensiones de quienes ya están jubilados. La AFP se lleva algo más, pero el 10% va a una cuenta a tu nombre y el resto es comisión y seguro.
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La ONP exige 20 años de aporte
Si no llegas a ese mínimo no hay pensión: solo te devuelven lo aportado. Quien trabaja de forma intermitente, informal por temporadas o emigra a media carrera corre ese riesgo, y es lo que más pesa en la decisión.
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El fondo AFP es tuyo y se hereda
Si falleces antes de jubilarte, pasa a tus herederos. Lo aportado a la ONP no. A cambio, la ONP garantiza una pensión aunque el mercado vaya mal, y la AFP no garantiza nada.
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Ninguna calculadora puede decidir por ti
La cifra de arriba depende de una rentabilidad futura que nadie conoce. Cambia el supuesto del 5% al 3% o al 7% y mira cuánto se mueve el resultado: esa distancia es la medida de lo poco que sabe cualquiera sobre esto, incluida esta página.
La norma, y dónde comprobarla
Los dos sistemas se llevan una parte parecida de tu sueldo y hacen con ella cosas opuestas. La ONP descuenta un 13 % que va a un fondo común y solidario: financia las pensiones que se están pagando hoy. No es tuyo, no se hereda y no se retira. La AFP descuenta el 10 % que va a tu cuenta individual -ese sí es tuyo, se hereda y se puede retirar en parte al jubilarte- más la comisión de la administradora y la prima del seguro, del 1,37 %, que son el coste del sistema y no vuelven. Las tres cifras están en el cuadro de la SBS.
El dato que más pesa en la decisión es el que menos se conoce, y no es ninguna de esas: la ONP exige veinte años de aportación como mínimo para tener derecho a pensión. Por debajo de eso no hay pensión reducida ni proporcional; solo se devuelve lo aportado. Quien lleva quince años cotizando a la ONP y deja de hacerlo no se queda con tres cuartas partes de una pensión: se queda sin pensión. En la AFP no hay mínimo de años, porque lo que recibes es lo que hay en tu cuenta.
La proyección del fondo que ves aquí es aritmética honesta sobre un supuesto declarado, no una previsión: se aplica interés compuesto a los aportes mensuales con la rentabilidad que tú escribas. Cámbiala y mira cuánto se mueve el resultado. Eso te dirá, mejor que cualquier explicación, lo poco que vale cualquier número a treinta años vista. Y no incluye la comisión anual sobre el saldo que pagan quienes están en comisión mixta, porque esa no se descuenta de la boleta.
Norma aplicable D. Ley 19990 y Ley 26504 (SNP) · Compendio de Normas reglamentarias del SPP, art. 67 · cuadro de comisiones y primas de la SBS
De dónde salen los números
Los enlaces subrayados de la explicación llevan a estas páginas. Son las oficiales, y si alguna no cuadra con lo que ves aquí, la que manda es la oficial.
- D.S. 006-2024-TR — remuneración mínima vital La RMV de S/ 1.130, vigente desde el 1 de enero de 2025 y todavía hoy la única fijada por decreto.
- D.S. 301-2025-EF — valor de la UIT para 2026 La UIT de S/ 5.500, publicada el 17 de diciembre de 2025.
- SBS — comisiones y primas de seguros del SPP La comisión sobre flujo de cada AFP, la prima de seguro, el aporte obligatorio del 10% y la remuneración máxima asegurable.
- ONP — el Sistema Nacional de Pensiones El aporte del 13% y los 20 años mínimos de aportación para tener pensión.
- SUNAT — tasas del impuesto a las rentas de trabajo Los cinco tramos del artículo 53 de la Ley del Impuesto a la Renta: 8, 14, 17, 20 y 30 por ciento sobre 5, 20, 35 y 45 UIT.
- TUO de la Ley de CTS — D.S. 001-97-TR La base de cálculo con el sexto de la gratificación (art. 18) y el depósito por dozavos y treintavos de mayo y noviembre (arts. 21 y 22).
- Ley 27735 — gratificaciones de Fiestas Patrias y Navidad Un sueldo por semestre, la parte proporcional por meses completos y la gratificación trunca de quien cesa antes.
- Ley 30334 — gratificaciones sin descuentos y bonificación extraordinaria Que la gratificación no paga AFP ni ONP y que el aporte a EsSalud se entrega al trabajador como bonificación extraordinaria.
- Ley 26790 — modernización de la seguridad social en salud El 9% de aporte a EsSalud (art. 6) y el crédito del 25% de quien contrata una EPS (art. 16), que deja la bonificación en 6,75%.
- TUO de la Ley de Jornada de Trabajo — D.S. 007-2002-TR La sobretasa del 25% en las dos primeras horas extra y del 35% en las siguientes (art. 10), que se cuentan por día.
- TUO de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral — D.S. 003-97-TR La indemnización por despido arbitrario del artículo 38: sueldo y medio por año con tope de doce remuneraciones.
- D.L. 892 y Ley 31110 — participación en las utilidades El porcentaje de cada sector, el reparto mitad por días y mitad por remuneración y el tope de 18 sueldos. La Ley 31110 reescribió el artículo 2 y puso el calendario del sector agrario.
- Ley 25129 — asignación familiar El 10% de la remuneración mínima vital para quien tiene hijos menores de 18 años, o hasta seis años más si siguen estudios superiores.
- D.L. 713 y su reglamento, D.S. 012-92-TR — descansos remunerados Los 30 días de vacaciones al año y el récord trunco por dozavos y treintavos de quien cesa sin haberlas gozado.
Valores vigentes en 2026
- Remuneración mínima vital: S/ 1,130.00
- UIT: S/ 5,500.00 (7 UIT libres de impuesto: S/ 38,500.00)
- ONP: 13%
- AFP: 10% de aporte + prima de 1.37% + comisión según la administradora
- Tope asegurable del SPP: S/ 12,672.65 (hasta ahí se cobra la prima)
- Asignación familiar: S/ 113.00 (10% de la RMV)
Esto es una estimación. Tu caso puede tener horas extra, comisiones, bonos, EPS, descuentos judiciales, un convenio colectivo o retenciones de meses anteriores que cambian la cifra. Sirve para saber si lo que te pagaron se parece a lo que te toca; para reclamar formalmente, pide tu boleta y tu liquidación por escrito.