Vacaciones en Ecuador
Cuántos días te corresponden y cuánto valen.
¿Cuándo sirve? Al pedir vacaciones o al liquidar.
Cómo se calcula
Son quince días por cada año trabajado, según el artículo 69 del Código del Trabajo. El valor sale de dividir entre veinticuatro lo que recibiste en el período, que equivale a medio mes de sueldo por año completo. Si llevas menos de un año te corresponde la parte proporcional, y no se pierde: se liquida al salir.
Norma aplicable Código del Trabajo, art. 69
De dónde salen los números
Los enlaces subrayados de la explicación llevan a estas páginas. Son las oficiales, y si alguna no cuadra con lo que ves aquí, la que manda es la oficial.
- Ministerio del Trabajo — salario básico unificado El SBU del año y los acuerdos ministeriales.
- IESS — aportes El porcentaje de aporte personal y los fondos de reserva.
- SRI — impuesto a la renta y tabla anual La tabla anual, que para 2026 fija la Resolución NAC-DGERCGC25-00000043, y los gastos personales deducibles.
- Código del Trabajo Décimos, vacaciones, despido intempestivo, desahucio y utilidades.
Esta calculadora es una herramienta de orientación, no un cálculo de nómina ni asesoría laboral. El resultado real depende de tu contrato, de tu convenio y de circunstancias personales que aquí no se preguntan. Ante una diferencia, consulta con tu departamento de nóminas o con un profesional.